Las Modificaciones de la Ley de Unidades Accesorias ADU en Los 脕ngeles
Revisando las Enmiendas AB 229 y AB 494
Siempre ha sido de nuestro interés como contratistas desde remodelcióndegarajes.com, que tanto nuestros clientes como aquellos que en un futuro inmediato probablemente lo serán, tengan información importante con respecto a las Unidades de Viviendas Accesorias, comúnmente llamadas ADU; todo con el sano propósito que conozcan cuáles son las modificaciones y las enmiendas que con frecuencia en los últimos años ha sido objeto de transformaciones esta tan revisada ley.
Es por eso, que en esta oportunidad y continuando con la revisión de los aspectos legales que regulan las Unidades de viviendas Accesorias, dejamos para ustedes apreciados clientes y ciudadanos de la Ciudad de Los Ángeles información que consideramos es valiosa, que tiene vigencia, y que seguramente será de utilidad, si es que están pensando elaborar y ejecutar un proyecto de Unidad de Vivienda Accesoria en cualquiera de sus tipos o modalidades.
Algunas enmiendas de los proyectos AB 229 y AB494
- La subdivisión de política y desarrollo de la vivienda, establece los estándares máximos que las agencias locales deben usar para evaluar una unidad de vivienda accesoria propuesta en un lote dividido en zonas para uso residencial que incluye una vivienda unifamiliar propuesta o existente.
Nose utilizarán o impondrán estándares adicionales, distintos de los proporcionados en esta subdivisión, excepto que una agencia localpuede requerir que un solicitante de un permiso emitido de conformidad con esta subdivisión sea un propietario-ocupante o que la propiedad seautilizada para alquileres de plazos superiores a 30 días.
- Una agencia local puede modificar su ordenanza de zonificación o plan general para incorporar las políticas, procedimientos u otras disposiciones aplicables a la creación de una unidad de vivienda accesoria si estas disposiciones son consistentes con las limitaciones de esta subdivisión.
- Una unidad de vivienda accesoria que se ajuste a esta subdivisión se considerará un uso accesorio o un accesorio.No se considerará que excede la densidad permitida para el lote en el que se encuentra, y se considera un uso residencial que es consistente con el plan general existente y las designaciones de zonificación para el lote. Losla unidad de vivienda accesoria no se considerará en la aplicación de ninguna ordenanza, política o programa local para limitarcrecimiento residencial.
- Cuando una agencia local que no ha adoptado una ordenanza que rige las unidades de vivienda accesoria de acuerdo con la subdivisión recibe su primera solicitud a partir del 1 de julio de 1983, una solicitud de permiso para crear una unidad de vivienda accesoria, de conformidad con esta subdivisión, la agencia local deberá aceptar la solicitud y aprobar o desaprobar la solicitud ministerial sin revisión discrecional dentro de los 120 días posteriores a la recepción dela solicitud.
- Una agencia local puede establecer requisitos mínimos y máximos de tamaño de unidad para los accesorios conectados y desconectados de unidades de vivienda. No hay un tamaño mínimo o máximo para una unidad de vivienda accesoria, o un tamaño basado en un porcentaje dela vivienda principal propuesta o existente, se establecerá por ordenanza para viviendas adjuntas o separadas queno permite que se construya al menos una unidad de eficiencia de acuerdo con los estándares de desarrollo local. Accesoriono se requerirá que las unidades de vivienda proporcionen rociadores contra incendios si no se requieren para la residencia principal.
- No obstante cualquier otra ley, una agencia local, haya adoptado o no una ordenanza que rija el accesorio de las unidades de vivienda de acuerdo con la subdivisión (a), no deberán imponer normas de estacionamiento para una unidad de vivienda accesoria ende las siguientes instancias:
A.- La unidad de vivienda accesoria se encuentra a media milla del transporte público.
B.- La unidad de vivienda accesoria está ubicada dentro de un distrito histórico arquitectónico e históricamente significativo.
C.- La unidad de vivienda accesoria es parte de la residencia principal propuesta o existente o una estructura accesoria existente.
D.- Cuando se requieren permisos de estacionamiento en la calle pero no se ofrecen al ocupante de la unidad de vivienda accesoria.
E.- Cuando hay un vehículo para compartir el automóvil ubicado a una cuadra de la unidad de vivienda accesoria.
- Una agencia local deberá aprobar ministerialmente una solicitud para un edificio. Permitir crear dentro de una zona familiar residencial independiente para uso unifamiliar una unidad de vivienda accesoria por lote unifamiliar si la unidad está contenida dentro del espacio existente de una residencia unifamiliar o estructura accesoria, incluyendo, perono limitado a, un estudio de la piscina de u otra estructura similar, tiene acceso exterior independiente desde la residencia existente.
Los contratiempos laterales y traseros son suficientes para la seguridad contra incendios. No se requerirá que las unidades de vivienda accesorias proporcionen rociadores de fuego si no son necesarios para la residencia principal. Una ciudad puede requerir la ocupación del propietario, ya sea para la primaria ola unidad de vivienda accesoria creada a través de este proceso.
- Las tarifas cobradas por la construcción de viviendas accesorias se determinarán de conformidad con el Capítulo 5 a partir de la Sección 66000 y el Capítulo 7 a partir de la Sección 66012.
- Las unidades de vivienda accesorias no se considerarán nuevos usos residenciales por una agencia local, distrito especial o la corporación del agua, con el propósito de calcular la edad local, incluido el servicio de agua y alcantarillado.
Remodelacióndegarajes.com te asesora para realizar los respectivos permisos para la ejecución de tu proyecto de Unidad de Vivienda Accesoria.